El grupo de trabajo de transparencia y acceso a la información pública se dedica al estudio y debate sobre la transparencia pública y su normativa, tanto en lo que atañe a la publicidad activa como al derecho de acceso a la información pública, que es su ámbito específico de trabajo. Desarrollamos una intensa actividad docente y divulgativa, a través de acciones formativas y las publicaciones que elabora. ¡Te estamos esperando! Anímate y únete a nuestro grupo.
Biblioteca Lista
-
Resolución del CTYP Madrid estimando parcialmente a intercambio de correos entre Ministerio de Presidencia y Consejería de Presidencia sobre asistencia acto 2 de mayo
"(...) este Consejo considera que, por su propia naturaleza, la información contenida en los señalados correos no solo resulta relevante para conocer los argumentos y valoraciones en base a los cuales la Consejería tomo la decisión de prohibir la presencia en el palco de autoridades del Ministro de la Presidencia, si no que según se desprende de las
alegaciones formuladas por la Administración, esta es la única documentación que existe en relación con dicha cuestión. Por tanto, los contenidos de los reclamados correos y otra documentación relacionada que pueda existir, no puede tener la naturaleza de auxiliar o de apoyo, al no ser notas, borradores, opiniones o resúmenes ni poder considerarse como información de carácter interno. Por el contrario, la información solicitada se debe considerar información pública relevante, entre otras razones porque es la única que permite conocer la conformación del criterio final y definitivo de la voluntad de la consejería, es decir, se trata de una información esencial para objetivar y valorar la motivación y las razones que llevaron a la Administracion a decidir las actuaciones que determinaron la denegación de la asistencia al citado acto y el acceso a la tribuna del ministro de la Presidencia del Gobierno de España (...)" -
Transparencia y protección de datos: solicitudes de accesos a la historia clínica
Por Ariadna Reig y Paula Martín del Clinic de Barcelona. En la Revista "Derecho y Salud".
El artículo es fruto de una reflexión sobre el derecho de acceso a los registros a la historia clínica y el planteamiento de las diferentes normativas de aplicación para su resolución.
Se pretende analizar jurídicamente la normativa de protección de datos y de transparencia para comparar el amparo que le otorgan al derecho de acceso referenciado, teniéndose también en cuenta los pronunciamientos de la Autoridad Catalana de Protección de Datos y la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública.
Se concluye el trabajo con algunas consideraciones sobre la necesidad de homogeneidad jurídica entre la normativa de protección de datos y la de transparencia.
-
Vínculos entre corrupción, transparencia y finanzas públicas en los gobiernos locales españoles
Tesis doctoral de Javier Cifuentes Faura (Universidad de Murcia).
En la primera década del siglo XXI España registró un aumento significativo de la corrupción política, principalmente a nivel local y relacionada con el desarrollo urbanístico. Estos escándalos de corrupción han generado una preocupación creciente por el fortalecimiento de la transparencia y la rendición de cuentas. Esta tesis doctoral se centra en la investigación que explora la relación entre impuestos, transparencia y finanzas públicas en los municipios españoles, con el fin de ayudar a los responsables de la formulación de políticas a desarrollar soluciones efectivas para garantizar la eficiencia y la sostenibilidad de los gobiernos locales. También puede ser útil para legisladores, funcionarios y ciudadanos interesados en el tema. Se analiza si el nivel de transparencia, medido a través del Índice de Transparencia Dinámico de Dyntra, influye en la recaudación de ingresos tributarios municipales, considerando los diferentes impuestos que los municipios pueden gestionar de forma autónoma. Los resultados obtenidos a partir del análisis de regresión por mínimos cuadrados ordinarios y mínimos cuadrados en dos etapas revelan que los municipios más transparentes logran recaudar mayores ingresos tributarios, destacando el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVNTU) y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Se observa que una mayor financiación del ayuntamiento a través de transferencias provenientes de otros niveles de gobierno tiene un impacto negativo en la recaudación por Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) e IIVNTU. También se aborda el análisis del impacto de la corrupción política en los ingresos tributarios de los gobiernos locales. Dado que no existen indicadores de corrupción específicos para los municipios españoles, se ha elaborado una base de datos sobre prácticas corruptas a nivel municipal a partir de la información de los medios de comunicación digital. Aplicando el Método Generalizado de Momentos, se concluye que en los municipios con mayor corrupción se registra un aumento en la recaudación por ICIO. Además, los gobiernos locales cuyos ciudadanos tienen mayores niveles de renta recaudan más a través de impuestos directos quizás porque consideran que este aumento tendrá menos impacto en los ciudadanos con más recursos y, por tanto, recibirán menos críticas a su gestión. Como la corrupción y la falta de transparencia pueden afectar a las finanzas públicas y contribuir al déficit fiscal, se estudia la relación de causalidad entre el déficit y varios factores, como el producto interno bruto, el desempleo y el signo político del partido gobernante. Se demuestra aplicando la regresión cuantílica y el estimador grupo de medias que el crecimiento económico solo tiene un efecto positivo a largo plazo sobre el déficit para el conjunto de municipios, reduciendo el déficit en todos los niveles cuantílicos excepto en el primer decil. El desempleo aumenta el déficit tanto a corto como a largo plazo y se observan diferencias según el tamaño poblacional de los municipios. La participación política y los partidos políticos de derecha contribuyen al crecimiento del déficit en los cuantiles superiores. Por último, mediante diferentes técnicas no paramétricas (Análisis Envolvente de Datos, DEA-boostraping, Free Disposal Hull, fronteras parciales de orden-α y orden-m), se determina si la transparencia (dada por el Indice Dyntra y por sus subindicadores) junto con el déficit y otras variables, influyen en la eficiencia de la prestación de servicios públicos. Nuestros hallazgos sugieren que la transparencia influye en la eficiencia, aunque a veces depende del indicador específico de transparencia y de la metodología utilizada. Cuanto mayor es la transparencia económica y financiera, así como la información sobre los contratos de servicios públicos, urbanismo y obras públicas, más eficiente es el municipio.
-
Resolución 890/2023, de 05.10.2023, de la GAIP (reclamación nº 684/2023)
Información solicitada en sede parlamentaria. Preguntas parlamentarias y solicitudes de acceso a la información pública. Competencia de la GAIP. "... las solicitudes de información, de un lado, y las preguntas parlamentarias con respuesta por escrito, por otro, tienen una naturaleza jurídica y unas regulaciones muy diferentes"; las reclamaciones objeto de la Resolución de la GAIP no se amparaban en el derecho de acceso a la información, sino en otras manifestaciones del derecho de participación política de los grupos parlamentarios y de los diputados y diputadas del Parlament de Catalunya, sobre las cuales la ley no otorga ningún tipo de potestad a la GAIP.
-
Convenio de Tromso
Completada la ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre el acceso a los documentos públicos, hecho en Tromsø el 18 de junio de 2009. Entrará en vigor en nuestro país el próximo 1 de enero de 2024. Aquí puedes consultar su texto y las reservas hechas por los países firmantes.
-
Resolución 820/2023, de 14.09.2023, de la GAIP (reclamación nº 96/2023)
Solicitud a determinado colegio de la abogacía de información relativa a la organización, gestión y prestación del servicio del turno de oficio. Información pública. Interés público en la obtención de información sobre el resultado del reparto equitativo de asuntos en el turno de oficio, porque mediante el turno de oficio se presta asistencia con el fin de garantizar el derecho fundamental previsto en el art. 24 de la CE y porque esa asistencia es en parte financiada con cargo a recursos públicos. Datos personales. Causa de inadmisión sobre tarea compleja de elaboración: deber de motivar la complejidad.
-
Resolución GAIP sanciones a residencias de personas mayores (TS estima recurso casación interpuesto)
De acuerdo con el Informe (o Memoria) explicativo del Convenio del Consejo de Europa sobre el Acceso a los
Documentos Públicos, la GAIP viene entendiendo que el límite del artículo 21.1.b protege el desarrollo eficaz y el
buen fin de los procedimientos de investigación y sanción de infracciones, por ejemplo, evitando que los eventuales
responsables puedan escamotear o destruir pruebas incriminatorias. En consecuencia, no tiene ningún sentido aplicar
este límite a procedimientos sancionadores que ya han finalizado, como es el caso de los que nos ocupan. -
ST TS que fija como doctrina que las personas jurídicas no son titulares del derecho a la protección de datos de carácter personal
El TS fija como doctrina que las personas jurídicas no son titulares del derecho a la protección de datos de carácter personal. Revoca la Sala la sentencia impugnada que estimó parcialmente el recurso deducido por una Fundación, titular de una residencia para personas mayores, y declaró el derecho de una periodista al acceso a la información solicitada relativa a las sanciones impuestas, pero con ciertas limitaciones, como fueron, el nombre, el del establecimiento y la ubicación geográfica, en aplicación del art. 15.1 de la Ley 19/2013, de 9 de septiembre.
-
El retroceso en transparencia ambiental en España y la separación del criterio europeo
Artículo de Julia Riaza Martínez y Gonzalo Olmos Fernández Corugedo publicad en la Revista jurídica de Asturias, núm. 46, 2023.
El derecho de acceso a la información ambiental emana de las obligaciones internacionales contraídas por España y de su condición de Estado miembro de la Unión Europea. La posibilidad de solicitar y obtener información ambiental procedente de los poderes públicos, configurada como una de las vertientes de participación de los ciudadanos y actores sociales en la materia, resulta capital para promover el efectivo derecho al disfrute del medio ambiente y requiere una serie de garantías formales, singularmente la posibilidad de que cualquier denegación de acceso sea expresa y motivada y que sólo se pueda producir bajo excepciones justificadas. La regulación del acceso a la información ambiental en el ordenamiento jurídico español se encuentra con distintas fuentes legislativas concurrentes, cuya aplicación conjunta resulta controvertida. Analizamos en este artículo la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo en la materia, la aplicación de las distintas normas en juego y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
-
Resolución 632/2023, de 03.08.2023, de la GAIP (reclamación nº 1010/2023)
Trazabilidad de los accesos a la historia clínica propia. Merece una mayor protección el derecho de la persona reclamante a conocer la identidad de quien ha accedido a su historia clínica, y así poder conocer si se han producido accesos inadecuados o improcedentes a sus datos de salud, que el derecho de las personas que han accedido a la historia clínica de la persona reclamante a proteger su identidad, ya que en este caso el perjuicio que puede causarles el acceso solicitado se proyecta únicamente en el seguimiento de su actividad. Mención a la Sentencia del TJUE de 22.06.2023 (asunto C-579/21). Competencia de la GAIP y de la autoridad de protección de datos.
-
La implantación de la transparencia algorítmica
Informe para la implantación del registro de algoritmos públicos y el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa de la Ley 1/2022 valenciana de transparencia. Realizado en el marco del convenio de la Cátedra PAGODA y Proyecto de Investigación del Plan Nacional de I+D+I «Registro público de algoritmos» y coordinado por Lorenzo Cotino.
-
Transparencia y derecho de acceso a la información pública. Configuración y naturaleza constitucional (tesis doctoral)
Autor: Pérez Conchillo, Eloísa María.
Fecha: 2022.
Título: Transparencia y derecho de acceso a la información pública. Configuración y naturaleza constitucional (Tesis Doctoral).
Breve descripción: Esta tesis doctoral se centra en el análisis constitucional del principio de transparencia y el derecho de acceso a la información pública. Como se trata de un tema constitucional de actualidad, la investigación tiene como objetivo examinar el alcance y la configuración de la transparencia y el acceso a la información pública en el contexto de la sociedad digital.
En este sentido, la transparencia y el derecho de acceso a la información pública muchas veces no han sido han sido identificados como objetos de investigación dentro del orden constitucional. Además, la inercia de la opacidad del poder ha dificultado su identificación como elementos transversales del sistema constitucional de principios, valores y derechos.
URL: https://hdl.handle.net/10481/77528 -
La transparencia y el derecho de acceso a la información pública en el estado social y democrático de derecho
Artículo de Eloísa Pérez Conchillo para la Revista NUEVOS HORIZONTES del Derecho Constitucional núm. 4 2023, editada por la Fundación Manuel Giménez Abad de Estudios Parlamentarios y del Estado Autonómico.
SUMARIO: I. Introducción. II. La transparencia en el Estado social y democrático de Derecho. III. El derecho de acceso a la información pública: naturaleza jurídica. IV. Tesis defendida.
-
Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal) R CTBG 2023-0552 (expediente 115/2022), de 11 de julio de 2023
Autor: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal).
Fecha: 11/07/2023.
Título: Resolución R CTBG 2023-0552 (expediente 115/2022).
Breve descripción: Desde la perspectiva de la causa de inadmisión prevista en el artículo 18.1.b) LTAIBG debe descartarse que la consideración de la información como auxiliar o de apoyo se desprenda automáticamente de la configuración orgánica del sujeto obligado que la ha generado o adquirido. Esto es, el hecho de que la Comisión de Directores Generales constituya un órgano de apoyo a la Conferencia Nacional de Transportes, no presupone per se que las actas de sus reuniones sean información auxiliar.
URL: https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:8a388737-5a9b-4df3-ba63-d05b66c6f55a/R%20CTBG%202023-0552%20%5BResoluci%EF%BF%BDn_expte.%20R-0899-2022%5D.pdf -
¿Existe derecho de acceso a la información relativa a todas las sanciones impuestas a personas jurídicas?
Este trabajo de Javier Torre de Silva examina el derecho de acceso de los particulares a la información relativa a las sanciones impuestas a personas jurídicas, desde la óptica de sus límites constitucionales. Se sostiene que el derecho de acceso deberá concederse preferentemente con carácter seudonimizado, pues el interés jurídico protegido es el control de la actividad pública, no la averiguación de hechos relativos a otros particulares (incluidos competidores). Cuando no sea posible el acceso seudonimizado habrá que determinar si la publicación de la sanción constituye o no una sanción accesoria, en cuyo caso no cabe el acceso, si la resolución sancionadora es firme en ambas vías (incluida la contencioso-administrativa) y si la publicación de la sanción ha sido ordenada o prohibida por la ley con carácter reglado. En su caso, será de aplicación el art. 14.1 de la Ley de Transparencia, que obliga a valorar el daño causado, la ponderación de intereses públicos y privados en juego y el principio de proporcionalidad.
Publicado en la Revista de Administración Pública núm. 221.
-
Resolución 560/2023, de 29.06.2023, de la GAIP (reclamación nº 158/2023)
La posición jurídica que corresponde a las personas interesadas en un procedimiento administrativo en relación con el acceso a la información pública que integra el expediente se define por los derechos de más intensidad de acceso al expediente que les reconoce la legislación de procedimiento administrativo. Si la administración deniega el acceso, nada impide que la persona interesada pueda acudir a la vía especial de garantía instituida por la legislación de transparencia (la reclamación en la GAIP). Carácter antiformalista de cualquier procedimiento administrativo en expresión del principio in dubio pro actione.
-
Resolución 530/2023, de 15.06.2023, de la GAIP (reclamación nº 465/2023)
Reclamaciones de electos locales; aplicación de la normativa específica y de la normativa general. Información que es objeto de publicidad activa. Si una información objeto de publicidad activa no lo es, y si para conseguirla se tienen que soportar los costes y dilaciones del procedimiento de ejercicio del derecho de acceso, y ni aun así se obtiene, resulta que el sujeto público obligado a facilitarla incumple doblemente la normativa de transparencia.
-
Resolución 554/2023, de 22.06.2023, de la GAIP (reclamación nº 546/2023)
El alcance del derecho de acceso a la información pública es diferente del alcance del derecho reconocido en el art. 53.1 f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El derecho de acceso no ampara el derecho a obtener certificados si la administración los tiene que elaborar expresamente para atender una petición explícita de la persona solicitante (previsión incluida expresamente en la normativa catalana de aplicación).
-
Resolución 994/2022, de 01.12.2022, de la GAIP (reclamación nº 724/2022)
Solicitud de acceso a la información pública de un ayuntamiento; expediente de análisis cuantitativo del riesgo de una industria farmacéutica. Protección de la seguridad pública. Competencias municipales: intereses generales representados por el Ayuntamiento.
-
Resolución 29/2023, de 12.01.2023, de la GAIP (reclamación nº 1066/2022)
La elaboración de la información solicitada requiere de una tarea compleja, por la necesidad de suprimir datos personales de una documentación de volumen muy considerable previamente a la entrega. Los recursos públicos están al servicio del derecho de acceso a la información pública, pero cuando los necesarios son de la entidad de los requeridos en este caso, el esfuerzo necesario resulta desmesurado y contrario a los principios de razonabilidad y de proporcionalidad; por otra parte, no parece que el esfuerzo extraordinario requerido guarde proporción con los beneficios resultantes.