El grupo de trabajo de transparencia y acceso a la información pública se dedica al estudio y debate sobre la transparencia pública y su normativa, tanto en lo que atañe a la publicidad activa como al derecho de acceso a la información pública, que es su ámbito específico de trabajo. Desarrollamos una intensa actividad docente y divulgativa, a través de acciones formativas y las publicaciones que elabora. ¡Te estamos esperando! Anímate y únete a nuestro grupo.
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El ejercicio de la acción pública urbanística no limita el acceso a la información pública a través de la Ley de transparencia (STS de 28 de noviembre de 2022, recurso n.º 3190/2021)
La controversia resuelta por la STS de 28 de noviembre de 2022- cuyo texto compartimos se centra en interpretar la disposición adicional primera.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en relación con el Texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, en concreto el artículo 62, relativo al acción pública, a fin de determinar si dicho precepto constituye, o no, un régimen jurídico específico de acceso a la información que excluya la aplicación de la Ley de transparencia, todo ello en relación con el artículo 18.1 e) de la mencionada Ley 19/2013, a fin de valorar si la falta de utilización, en su caso, de dicho cauce específico es o no determinante para considerar abusiva la petición.
Las conclusiones a las que llega el tribunal son las siguientes:
El hecho de poder acceder a cierta información respecto de los procedimientos en curso, como consecuencia del ejercicio de la acción pública en materia urbanística, no impide ni excluye la posibilidad de solicitar la información pública obrante en la Administración respecto de procedimientos ya concluidos ni, por lo tanto, limita ni condiciona la posibilidad de acceder a la información pública por la vía prevista en la Ley 19/2013.
La Ley del suelo al regular la acción urbanística no se establece un régimen alternativo que desplace y sustituya al previsto en la Ley de Transparencia respecto al acceso a la información pública obrante en poder de la Administración.
Y finalmente, tampoco puede considerarse que el acceso a la información con la finalidad de comprobar si han existido infracciones urbanísticas pueda considerarse abusiva cuando la información solicitada tanto por su espectro temporal como por el volumen de información comprometido no puede considerarse como tal. La solicitud de información es conforme con la finalidad que persigue la normativa de transparencia, por cuanto es un medio de control de los actos de otorgamiento de las licencias y autorizaciones urbanísticas, por lo que tiene por finalidad conocer si la actividad pública es conforme a derecho y si la actividad desplegada por los beneficiarios se acomoda a las licencias y autorizaciones concedidas.
Consultar la noticia en: https://www.civil-mercantil.com/accion-publica-urbanistica-no-limite-aplicacion-ley-transparencia.html
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Moción del Tribunal de Cuentas sobre la necesidad de adaptar la regulación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, al marco institucional de las entidades locales (nº 1.501)
Autor: Tribunal de Cuentas (estatal).
Fecha: 21/12/2022.
Título: Moción sobre la necesidad de adaptar la regulación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, al marco institucional de las entidades locales (nº 1.501).
Breve descripción:
Moción del Tribunal de Cuentas sobre la necesidad de adaptar la regulación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, al marco institucional de las entidades locales. Incluye la recomendación de incluir, entre las competencias propias de las diputaciones provinciales, aplicables también a cabildos y consejos insulares, las relativas a la prestación de servicios en materia de transparencia de la actividad pública a los ayuntamientos de municipios de menor población. Recomienda también, entre otras cuestiones, el establecimiento de un régimen básico especial de publicidad activa para las entidades locales de reducida dimensión.
URL: https://www.tcu.es/repositorio/1248b26b-a2e8-40b4-8118-c04d4bc89346/I1501.pdf -
Resolución 983/2022, de 24.11.2022, de la GAIP (reclamación nº 893/2022)
Colegios profesionales: funciones públicas y funciones propias de su naturaleza asociativa privada. Art. 3.1 de la LTAIPBG (Ley del Parlamento de Cataluña). Los datos solicitados encajaban con las funciones propias de la naturaleza asociativa privada que también concurre en los colegios profesionales. Se inadmite la reclamación porque no tiene por objeto el derecho de acceso a la información pública.
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Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal) 445/2022 (R/0146/2022), de 14 de noviembre de 2022
Autor: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal).
Fecha: 14/11/2022.
Título: Resolución 445/2022 (R/0146/2022).
Breve descripción: Informe sobre los acontecimientos de la Pascua Militar en Sevilla. La existencia de un régimen jurídico específico del derecho de acceso resulta relevante desde la perspectiva de la aplicación preferente de las previsiones sustantivas o procedimentales que se incluyan en tal régimen específico, manteniendo la aplicación supletoria de la ley de transparencia, pero no puede constituir el fundamento de una denegación o declaración de inadmisión de una solicitud de información. En efecto, la Disposición adicional primera de la LTAIBG no contempla una causa de inadmisión de solicitudes de información o un límite al ejercicio del derecho, sino una regla de relación entre normas especiales y norma básica (previendo la aplicación supletoria esta última en lo no regulado por aquéllas). -
La aplicación de la Ley de transparencia a los sujetos puramente privados: el alcance del deber de suministrar información
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTE) tiene un ámbito subjetivo de aplicación muy amplio, que incorpora no solo a la Administración pública y a otros sujetos públicos, sino también a diversas entidades de naturaleza privada que tienen una especial conexión con la Administración. En este trabajo de Álvaro González-Juliana Muñoz (Universidad Pompeu Fabra) se estudia la sujeción a la LTE de los sujetos puramente privados que prestan servicios públicos, ejercen potestades administrativas o celebran contratos con el sector público. Sobre estos sujetos privados recae una obligación especial de colaboración que se materializa en suministrar a la Administración, organismo o entidad a la que se encuentren vinculados, toda aquella información conectada con la actividad pública que desarrollan.
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Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal) 356/2022 (R/0437/2022), de 13 de octubre de 2022
Autor: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal).
Fecha: 13/10/2022.
Título: Resolución 356/2022 (R/0437/2022).
Breve descripción: Motivos por los que la Ministra rechaza aparecer en público con acompañantes masculinos. El interrogante que plantea el solicitante no versa sobre información concerniente a la actuación de los poderes públicos, sino que se refiere a noticias publicadas en prensa que se hacen eco de determinadas manifestaciones de la Vicepresidenta. Obviamente, la solicitud de una explicación sobre las razones de estas aseveraciones no puede constituir objeto de una solicitud de información tal y como se configura en los artículos 12 y 13 LTAIBG.
URL: https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:1050e467-db5d-4cc5-8d13-3e9c5c1af174/Resolucion%20356-2022_expte.%20R-0437-2022.pdf -
Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal) 339/2022 (R/0217/2022), de 6 de octubre de 2022
Autor: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal).
Fecha: 06/10/2022.
Título: Resolución 339/2022 (R/0217/2022).
Breve descripción: Detalle y justificación de dietas y gastos y agenda del Director General del Instituto de Estudios Fiscales. Asiste la razón al órgano requerido cuando sostiene que en determinadas partes de la solicitud más que solicitarse información se pretende cuestionar la pertinencia de ciertos gastos y constituyen, más que solicitudes de información con arreglo a la noción de información pública que contiene el artículo 13 LTAIBG, críticas más o menos veladas sobre el gasto realizado, el medio de transporte elegido, etc., por lo que es necesario delimitar claramente qué información es la relevante desde el punto de vista del ejercicio del derecho.
URL: https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:f98b45a3-f33b-4ceb-b623-25b1c1f91aeb/Resolucion%20339-2022_expte.%20R-0217-2022.pdf -
STJUE de 17 de noviembre de 2022. Acceso a la información de documentación contractual y confidencialidad
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado esta sentencia en el asunto C‑54/21, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial en la que se debaten los límites de la confidencialidad de la documentación aportada a procesos de contratación, así como contenidos que puedan afectar al secreto comercial.
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Resolución 838/2022, de 13.10.2022, de la GAIP (reclamación nº 705/2022)
Solicitud de diversos datos sobre interrupciones voluntarias del embarazo. La divulgación del número de ginecólogos objetores de conciencia por comarca permitiría, sin un esfuerzo desproporcionado, conocer la identidad de esas personas; se facilitó la información segregada por provincias; se aplicó justificadamente el límite de la protección de datos personales previsto por el art. 23 de la LTAIPBG (Ley del Parlamento de Cataluña). El derecho a la información pública sirve, ante todo, al interés general; la presencia de eventuales intereses particulares no sustituye al interés general al que se debe el derecho de acceso a la información pública.
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Resolución 852/2022, de 13 de octubre, de la GAIP (reclamación nº 791/2022)
Cumplimiento de la normativa sobre transparencia por parte de entidades con limitada disponibilidad de recursos personales; plazo para entregar la documentación solicitada. Trámite de audiencia: tiene por objeto que la tercera persona afectada pueda poner de manifiesto eventuales perjuicios que le pueda causar la divulgación de la información solicitada, pero aunque ponga de manifiesto esta circunstancia, eso no impide resolver favorablemente sobre el acceso; la conformidad de la tercera persona afectada únicamente es exigible si está en juego el acceso a datos personales especialmente protegidos (art. 23 LTAIPBG, ley del Parlamento de Cataluña).
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Resolución de estimación del Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid
Se trata de una estimación sencilla, de las primeras que se adoptaron. En cuanto estén anonimizadas, iré subiendo las de mayor interés para el grupo.
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RDA003_2021 (anonimizada).pdf
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RDA002_2021 (anonimizada).pdf
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La propiedad intelectual como límite al acceso o difusión de la información pública ¿opacidad o transparencia?
Nuevo post en el blog de espublico publicado por José Manuel Bejarano Lucas, sobre una cuestión de máximo interés para los miembros de este grupo de trabajo: "La propiedad intelectual como límite al acceso o difusión de la información pública ¿opacidad o transparencia?".
https://www.administracionpublica.com/la-propiedad-intelectual-como-limite-al-acceso-o-difusion-de-la-informacion-publica-opacidad-o-transparencia/
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Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal) 287/2022 (R/0316/2022), de 15 de septiembre de 2022
Autor: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal).
Fecha: 15/09/2022.
Título: Resolución 287/2022 (R/0316/2022).
Breve descripción: Coste económico contrato de arrendamiento sede del Ministerio. La información de carácter público solicitada tiene una notoria relevancia ya que permite tener conocimiento sobre el gasto público en el que incurre un Departamento Ministerial por el arrendamiento del inmueble en el que tiene instalada su sede y, por consiguiente, afecta a un servicio público.
URL: https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:69609338-1c9c-49cc-9457-ae5c11f6aff3/Resolucion%20287-2022_expte.%20R-0316-2022.pdf -
Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal) 292/2022 (R/0330/2022), de 16 de septiembre de 2022
Autor: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal).
Fecha: 16/09/2022.
Título: Resolución 292/2022 (R/0330/2022).
Breve descripción: Los documentos formales que se ven en el Consejo de Ministros deben ser públicos, porque sirven a la ciudadanía para conocer el proceso de toma de decisiones de los poderes públicos. La ley solo permite mantener en secreto las deliberaciones y comentarios de los ministros y los informes orales que los diferentes miembros del Gobierno expongan durante la reunión, pero no los informes escritos que se analicen en el Consejo.
URL: https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:27c7a3c2-61bb-425e-932a-0c3a3559d52b/Resolucion%20292-2022_expte.%20R-0330-2022.pdf -
Resolución CTBG 195/2022. Aplicación del límite relativo a la prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios
La resolución del CTBG desestima la reclamación porque considera que revelar la información solicitada en la fase
procedimental en la que se encuentran las actuaciones de investigación en el momento de formularse la solicitud comportaría un perjuicio real, no meramente hipotético, para el desarrollo de las mismas en la medida en que dificultaría el normal desenvolvimiento de las funciones de inspección, instrucción y valoración de las eventuales evidencias obtenidas con el fin de determinar si se ha producido o no una infracción de la normativa -
Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal) 192/2022, de 19 de agosto de 2022 (expediente R/0236/2022)
Autor: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal).
Fecha: 19/08/2022.
Título: Resolución 192/2022 (expediente R/0236/2022).
Breve descripción: Coste del almuerzo de la visita al Papa y personal acompañante. El CTBG analiza la causa de inadmisión prevista en el art. 18.1.e) de la Ley de transparencia (solicitud abusiva) en relación con la identificación del personal de un Ministerio que participó en un desplazamiento oficial, y en relación con el coste y lugar de un almuerzo realizado durante dicho desplazamiento.
URL: https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:d0c58afd-d788-4c3e-aee9-6aeaa0406c4b/Resolucion%20192-2022_expte.%20R-0236-2022.pdf -
Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal) 176/2022, de 17 de agosto de 2022 (expediente R/0216/2022)
Autor: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal).
Fecha: 17/08/2022.
Título: Resolución 176/2022 (expediente R/0216/2022).
Breve descripción: Número y localización de granjas de cría de visón americano activas desde 2015 hasta 2022, indicando municipio y nombre de la granja. El CTBG analiza la causa de inadmisión prevista en el art. 18.1.c) de la Ley de transparencia (reelaboración de la información) en relación con la extracción de determinada información de una base de datos (filtrado de los datos personales, extracción de los datos respecto a los años concretos solicitados y estructuración de la información en los diversos apartados solicitados), concluyendo que en este caso dicha extracción de datos supondría elaborar un informe ad hoc.
URL: https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:ba85f017-61ce-4fd1-a4ee-8b38e191ab16/Resolucion%20176-2022_expte.%20R-0216-2022.pdf -
La transparencia pública en Andalucía: consideraciones sobre su ordenación y algunas propuestas para su mejora
Barrero Rodríguez, C. (2022). La transparencia pública en Andalucía: consideraciones sobre su ordenación y algunas propuestas para su mejora. En Retos jurídicos actuales de la administración andaluza: I Jornadas del Instituto Clavero Arévalo en homenaje al profesor Manuel Clavero Arévalo, Sevilla, 23 y 24 de septiembre de 2021 (pp. 25-46). Sevilla: Instituto Andaluz de Administración Pública.