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Grupo de trabajo de transparencia y acceso a la información pública

Biblioteca Lista

  • Icon for file type: pdf El acceso a la información ambiental - Guía Práctica  
    In category: Guía.
    Uploaded by Daniel Amoedo Barreiro on 03/10/2024

    Lanzada en abril del 2024 por la ONG Ecologistas en Acción, contempla las novedades más recientes en la materia. Desde detalles prácticos y particularidades de este tipo de solicitudes hasta modelos de solicitudes.

  • Icon for file type: pdf Resolución RDA089/2022 del Consejo de Transparencia y Participación C.M.  

    El Consejo concluye en esta resolución que la aplicación de la causa de inadmisión dispuesta en el art. 18.1.a) es errónea, ya que la información solicitada por el reclamante existe y está finalizada, dado que la misma está impugnada ante un tribunal judicial. Tal información fue elaborada con carácter previo a cualquier proceso judicial en marcha, por lo que está acabada y la única razón para que se considere en proceso de elaboración es que la misma se impugnó y por tanto, puede ser objeto de modificación posterior, pero ello no quiere decir que la información o documentación no se encuentre finalizada.

  • Icon for file type: pdf Resolución RDA311/2023 del Consejo de Transparencia y Participación C.M.  

    Con sentido estimatorio-parcial, se reclamaba la copia con anonimización de los datos personales de los correos o solicitudes efectuadas por el Ministerio de Presidencia comunicando su asistencia al acto celebrado el 2 de mayo de 2023, en el que se impidió el acceso al Ministro de Presidencia a la Tribuna de Autoridades conforme al protocolo de la Comunidad de Madrid, así como las respuestas emitidas por la Comunidad de Madrid. En lo referente a la solicitud de los correos o solicitudes efectuadas por el Ministerio de Presidencia , la Administración requerida, reconocía la existencia de la información solicitada según se deduce de sus alegaciones. Sin embargo, no se justificaba debidamente la inadmisión de la solicitud de acceso al aplicarle la causa recogida en el artículo 18.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre. El Consejo consideró en su resolución que la información contenida en los señalados correos resultaba relevante para conocer los argumentos y valoraciones en base a los cuales la Consejería tomó la decisión de prohibir la presencia en el palco de autoridades del Ministro, y estimó que la información solicitada se debía considerar información pública relevante, entre otras razones porque es la única que permite conocer la conformación del criterio final y definitivo de la voluntad de la Consejería, es decir, es una información esencial para objetivar y valorar la motivación y las razones que llevaron a la Administración a decidir las actuaciones que determinaron la denegación de la asistencia al citado acto.

  • Icon for file type: pdf Resolución RDA253/2023 del Consejo de Transparencia y Participación C.M.  

    Con sentido desestimatorio, el reclamante solicitaba información sobre las aportaciones ciudadanas al proyecto de construcción del polideportivo Ensanche Sur y, expresamente, sobre la valoración llevada a cabo por el Ayuntamiento de Alcorcón respecto de dichas aportaciones, solicitando que se le indicara cuáles se incluyeron en el informe en el que se realizaba una valoración inicial de cada aporte realizado. Resulta de interés porque es la única resolución en la que el órgano de control se pronunció sobre el derecho de participación de la Ley 10/2019, muy interesante y con escaso recorrido en la práctica.

  • Icon for file type: pdf Resolución RDA124/2023 del Consejo de Transparencia y Participación C.M.  

    Resolución RDA124/2023 con sentido estimatorio y en la que se reclamó copia de un estudio relativo a un contrato menor, resulta de interés porque el Consejo no apreció la causa de inadmisión prevista en el artículo 18.1.a) de la Ley 19/2012, de 9 de diciembre, alegada por la Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, dado que no quedaba justificado que el proyecto solicitado se encontrara en proceso de elaboración

  • Icon for file type: pdf Criterio interpretativo sobre las reclamaciones de acceso de las personas a la trazabilidad de su historia clínica (Cataluña)  

    La Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública de Cataluña (GAIP) y la Autoridad Catalana de Protección de Datos han suscrito el pasado mes de julio unos criterios de interpretación conjuntos sobre la aplicación de las normas reguladoras y la tramitación de las reclamaciones de acceso de las personas a la trazabilidad de su historia clínica.

    Podéis ver el texto en documento adjunto o acceder mediante este enlace (facilita mejor la traducción del catalán al castellano):

    https://www.gaip.cat/ca/detall/normativa/Criterios-comunes-APDCAT-GAIP-para-resolver-las-reclamaciones-de-acceso-de-las-personas-a-la-trazabilidad-de-su-historia-clinica

  • Icon for file type: pdf Modificaciones al régimen de acceso a la información pública en Argentina  
    In category: Artículos doctrinales.
    Uploaded by Joaquin Meseguer Yebra on 29/09/2024

    Artículo de Mariano Peruzzotti publicado en el Diario La Ley.

    El Decreto No 780/2024, sancionado recientemente por el Poder Ejecutivo de Argentina, reglamenta aspectos de la Ley de Acceso a la Información Pública incorporando cambios importantes al régimen. Entre las modificaciones más relevantes, se establecen nuevas limitaciones al derecho de acceso, restringiendo la divulgación de información de naturaleza privada sin interés público. Asimismo, se ajustan los criterios para el manejo de datos personales, fortaleciendo la protección de la privacidad de funcionarios públicos.

  • Icon for file type: pdf Indicadores de parlamento abierto en las asambleas regionales de los estados de la Unión Europea  
    In category: Artículos doctrinales.
    Uploaded by Joaquin Meseguer Yebra on 25/09/2024

    Artículo de Francisco Javier López Hernández, publicado en la Revista del Parlamento Vasco, núm. 5, 2024.

    La aplicación de los principios del gobierno abierto a las asambleas legislativas regionales lleva indefectiblemente a hablar de parlamento abierto. En este nuevo enfoque, las cámaras parlamentarias deben concentrar sus esfuerzos hacia una mayor transparencia y colaboración que propicien la participación de la ciudadanía. Las tecnologías de la información y las comunicaciones juegan un papel fundamental para lograr la plenitud de estos tres aspectos, que, considerados como indicadores, permiten evaluar el grado de apertura de un parlamento. Con este nuevo enfoque, la democracia representativa y la democracia participativa encuentran el momento propicio para caminar de la mano, institucionalizando los puntos de encuentro. Por ello, este estudio evaluará el grado de apertura de las asambleas legislativas regionales de los estados miembros de la Unión Europea a través de los indicadores de participación, transparencia y colaboración, al objeto de conocer el grado de implantación de los principios de parlamento abierto en el ámbito regional europeo.

  • Icon for file type: pdf Emilio Guichot, "La transparencia de los algoritmos desde la normativa sobre transparencia y acceso a la información pública"  
    In category: Artículos doctrinales.
    Uploaded by Julián Prior on 19/09/2024

    La doctrina en torno al acceso a algoritmos y códigos fuentes a través de la normativa sobre transparencia y acceso a la información está en plena formación. La tendencia parece apuntar a la explicabilidad, cuyo grado de detalle habrá de tener en cuenta la necesidad de no poner en riesgo ninguno de los bienes protegidos que actúan como límite al derecho de acceso. Hay que reclamar al legislador que fije con carácter general y extramuros de la normativa sobre acceso a la información mecanismos generales de publicidad y de control de la corrección de la actuación administrativa a través de algoritmos.
    Artículo doctrinal de Emilio Guichot publicado en la Revista Andaluza de Administración Pública, núm. 117, enero-junio (2024), págs. 77-115.
    URL: https://ws168.juntadeandalucia.es/revistaselectronicas/raap/article/view/1408/1356

  • Icon for file type: pdf Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal) CTBG R 2024-0744 (expediente 0728-2023), de 3 de julio de 2024  
    In category: Resolución Consejo/Comisionado Transparencia.
    Uploaded by Julián Prior on 16/09/2024

    Autor: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal).
    Fecha: 3/07/2024.
    Título: Resolución CTBG R 2024-0744 (expediente 0728-2023).
    Breve descripción: “La exégesis realizada por la AEPD del enunciado del artículo 15.1, segundo párrafo, LTAIBG, en relación con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), no deja lugar a dudas acerca de que lo dispuesto en dicho precepto sobre el acceso a informaciones que contengan datos relativos a la comisión de infracciones administrativas que conlleven la amonestación pública al infractor no exime del requisito de contar con el amparo de una norma legal o del consentimiento del interesado en supuestos como el presente en el que se pretende el acceso al expediente de una sanción que ha sido objeto de publicación previa en el BOE”.
    URL: https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:e1665aff-7e98-4aa8-a8df-96a6f21ec6d9/R%20CTBG%202024-0744%20%5BResoluci%EF%BF%BDn%20expte.%20R-0613-2022_728-2023%5D.pdf

  • Icon for file type: pdf STSJ de Cataluña núm. 1865/2024  
    In category: Jurisprudencia.
    Uploaded by Joaquin Meseguer Yebra on 13/09/2024

    Parece imponerse en la "jurisprudencia menor" del TSJ de Cataluña la denegación del acceso a la información relativa a las sanciones impuestas a personas jurídicas (con identificación suya) por vulneración del límite "intereses económicos y comerciales". De esta sentencia merece la pena destacar los propios pronunciamientos del tribunal sino el esfuerzo de la GAIP - Comissió de Garantia del Dret d'Accés a la Informació Pública por conciliar derecho y límite. Recordemos que el comisionado catalán resolvió conceder el acceso, restringiéndolo en determinados casos, lo que no es sino un esfuerzo de ponderación digno de alabanza: no debían facilitarse las sanciones anuladas, revocadas o no firmes, o en aquellos casos en los que se hubiera producido un cambio en la titularidad de la entidad sancionada una vez notificada la resolución sancionadora.

    Sorprende sí, que el tribunal condicione la publicación de la resolución de la reclamación interpuesta ante el comisionado de transparencia al transcurso del plazo para interponer recurso contencioso contra aquella sin que le conste que haya sido interpuesto. Y en el caso de que así hubiera sido, deberá esperar a la resolución judicial. Una interpretación más allá de lo que ordenan y expresan las leyes estatal y autonómicas de transparencia, que no condicionan la publicación a la firmeza de la resolución. Es más, como buena práctica, algunos comisionados como el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno , al publicar la relación de sus resoluciones, indican si han sido o no recurridas en vía contenciosa, y publican las sentencias dictadas en primera o sucesivas instancias. Esto permite conocer el relato completo de cada caso y los pronunciamientos de cada autoridad.

    Creo, sinceramente, que perdemos una oportunidad si no apreciamos la virtualidad de la transparencia dando acceso a esta información, aun en aquellos casos en los que las leyes sectoriales no hayan impuesto la publicidad de las resoluciones sancionadoras. El conocimiento de esta información refuerza la protección de los consumidores y usuarios, el derecho de todos a tener unos servicios de mayor calidad y a que se protejan otros derechos como la salud pública. Además, puede servir como un elemento disuasorio de la inobservancia de las normas, de actuaciones fraudulentas, etc., por parte de aquellos que actúan o se lucran sin respetar deberes y obligaciones. Como en otras tantas ocasiones he dicho, creo que el reto debe ser asumido no solo ya por los tribunales, sino especialmente por el legislador, que debería ser más valiente y coherente a la hora de contemplar en la normativa más obligaciones de publicidad activa de todo este tipo de información como ya hacen otros países de nuestro entorno. Estamos perdiendo una oportunidad de oro para que la ciudadanía confíe y crea cada vez más en la "utilidad" de la transparencia pública.

  • Icon for file type: pdf Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal) CTBG RA 2024-0847 (expediente 0514-2024), de 23 de julio de 2024  
    In category: Resolución Consejo/Comisionado Transparencia.
    Uploaded by Julián Prior on 12/09/2024

    Autor: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal).
    Fecha: 23/07/2024.
    Título: Resolución CTBG RA 2024-0847 (expediente 0514-2024).
    Breve descripción: “El Ministerio requerido señala que la información solicitada no tiene la naturaleza de información pública a los efectos del artículo 13 LTAIBG, basándose en que no hay constancia de que exista un documento que recoja una respuesta a las cuestiones planteadas. Sin embargo, este planteamiento parte de una concepción errónea de qué se entiende por «información pública» con arreglo al citado precepto. Como este Consejo ha precisado en varias ocasiones, el ámbito material del derecho de acceso a la información pública regulado en la LTAIBG no comprende sólo la información documentalizada, sino que, como se desprende del propio tenor literal del artículo 13, abarca también los contenidos que obren en poder de un sujeto obligado, aunque no estén formalizados en un documento, pues los incluye «cualquiera que sea su formato o soporte».
    En consecuencia, no cabe desestimar una solicitud de acceso a información pública basándose en que lo solicitado no figura en un documento obrante en poder del sujeto obligado, sino que la única razón para excluir lo solicitado del ámbito del derecho de acceso es que la información no exista en ningún formato o soporte en el ámbito de disposición del sujeto obligado”.
    URL: https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:63e98e63-e230-4c68-a9be-f36f825ce0d9/R%20CTBG%202024-0847%20%5BResolucion%20Expte%20514-2024%5D.pdf

  • Icon for file type: pdf Concepto de información pública: informes "ad hoc". STSJ de Castilla-La Mancha núm. 117/2024  
    In category: Jurisprudencia.
    Uploaded by Joaquin Meseguer Yebra on 06/09/2024

    La STSJ de Castilla-La Mancha núm. 117/2024, de 22 de mayo, acota el concepto de información pública a efectos del derecho de acceso (art. 13 de la LTAIBG), dejando fuera de él la elaboración de informes "ad hoc" que, además, pueden ser solicitados y aportados en procedimientos que se tramitan paralelamente como es el caso de un expediente de responsabilidad patrimonial.

    Sin embargo, excluye también de aquel concepto otro tipo de documentos como los planos de un hospital o las grabaciones de seguridad, que si se hallan en poder de la administración, ya sean de su autoría o de terceros, por algo los obtiene o conserva si no es para cumplir con alguna función. Sí parece pertinente en estos casos que pueda operar algún límite que justifique restringir en todo o en parte el acceso como es la seguridad pública o la protección de datos, pero esta es una cuestión a analizar desde otra perspectiva si consideramos que esta es información (pública) digna de poder ser solicitada, aunque no suministrada.

  • Icon for file type: pdf Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Tribunal General, Sala Quinta) de 17 de julio de 2024. Margrete Auken y otros contra Comisión Europea (ECLI:EU:T:2024:476)  
    In category: Jurisprudencia.
    Uploaded by Julián Prior on 30/08/2024

    Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Tribunal General, Sala Quinta).
    Fecha: 17/07/2024.
    Título: Sentencia de 17 de julio de 2024 (ECLI:EU:T:2024:476).
    Breve descripción: “Acceso a los documentos — Reglamento (CE) n.º 1049/2001 — Acuerdos de adquisición anticipada y contratos de adquisición celebrados entre la Comisión y varias sociedades farmacéuticas para la compra de vacunas contra el COVID‑19”.
    URL: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A62021TJ0689

  • Icon for file type: pdf Resolución 138/2024, de 08.02.2024, de la GAIP (reclamaciones nº 1243/2023 y 1244/2023)  
    In category: Resolución Consejo/Comisionado Transparencia.
    Uploaded by Rosa M Pérez on 16/08/2024

    Solicitud de un concejal; acceso al registro de entradas y salidas del ayuntamiento. Derecho de los cargos electos de acceder al registro de entradas y salidas, previo bloqueo de los datos íntimos personales o familiares ,que afecten al derecho al honor o a la propia imagen, si los hay. Cualquier otro dato personal, como los identificativos de la persona que presenta o a la que se dirige el escrito registrado, es accesible para los concejales y no es necesario que se anonimice, ya que el deber de reserva de los concejales protege de su difusión indiscriminada. Hay que evitar la sobreexposición de datos personales no necesarios ni idóneos para la finalidad de control de la actividad municipal, como los datos de contacto. Este bloqueo de datos no constituye una tarea compleja de elaboración, ya que se puede hacer aplicando filtros en la herramienta de gestión electrónica del registro.

  • Icon for file type: pdf Sentencia de la Audiencia Nacional 4342/2024, de 9 de julio. Inadmisión de solicitud por reelaboración  
    In category: Jurisprudencia.
    Uploaded by Joaquin Meseguer Yebra on 16/08/2024

    La sentencia resuelve el recurso interpuesto por el solicitante de acceso que pedía saber de Puertos del Estado la relación del personal denominado fuera de convenio, desde el año 1992 hasta la fecha, en la que figurase la ocupación, puesto, categoría profesional o cualesquiera otra denominación, fecha de contratación y extinción en su caso, así como todas las convocatorias de empleo público, externas e internas, del personal fuera de convenio, conteniendo las bases de las convocatoria, cada una de las resoluciones del tribunal examinador ,así como la oferta de empleo público que amparaba dicha convocatoria.

    La sentencia desestima el recurso y para ello glosa algunas de sus sentencias y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que toma en consideración -según resume la Audiencia Nacional- para considerar si se da o no esta causa de inadmisión, las siguientes circunstancias:

    * El elevado volumen de la información solicitada y los limitados medios disponibles por el Organismo al que se dirige la petición.
    * Espacio temporal elevado, al que se refiere la información solicitada.
    * Trabajo de disociación personal.

    En este caso, la Audiencia Nacional estima que se trata de un volumen ingente de información sobre diferentes situaciones que afectan al personal que presta servicios en la Administración, Puertos del Estado, por un período superior a los 30 años, sin que se haga referencia a un concreto acto administrativo o expediente que le sirve de soporte, obligando a destinar a personal a esta tarea específica de recopilación de datos, personal que deberá efectuar un ingente tarea, que sin duda no se refiere a datos concretos y específicos, sino que obliga a la reelaboración de los mismos, a partir del único criterio común de tratarse de personal no sometido a convenio.

    Está claro que, a medida que discurra el tiempo, la gestión documental y archivística mejore y las bases de datos permitan recopilar mayor información, esta causa de inadmisión irá perdiendo fuerza. El hecho de la información esté parcialmente digitalizada o recopilada en soporte informático, dispersa o, incluso, ilocalizable, hace que esta causa de inadmisión siga encontrando supuestos en lo que encajar.

  • Icon for file type: pdf El impacto de las leyes de transparencia en el trabajo de la sociedad civil. El caso español  
    In category: Artículos doctrinales.
    Uploaded by Joaquin Meseguer Yebra on 14/08/2024

    Tesis de Victoria Anderica leída en la Universidad Autónoma de Barcelona.

    Esta tesis plantea un análisis de las políticas de transparencia en el ámbito público desarrolladas en España desde la aprobación de la Ley de transparencia, acceso a la información y buen gobierno aprobada en 2013. La pregunta principal de la investigación es qué impacto tiene en el desarrollo de políticas de transparencia de las instituciones públicas la inclusión de diferentes y nuevos actores, incluida la sociedad civil, y en los procesos de toma de decisiones de lo público. Para poder responder a esta pregunta se aborda el estudio de las diferentes normas que han desarrollado la transparencia en España a nivel estatal, regional y municipal, así como el estudio de otras medidas que complementan este tipo de regulaciones como son la transparencia del lobby. Al analizar cuantitativa y cualitativamente la implementación de la transparencia en España los datos indican que ha existido un avance importante en esta materia en España, aunque siguen pendientes reformas legislativas que permitan continuar el desarrollo de la transparencia.

  • Icon for file type: pdf Resolución 720/2024, de 06.06.2024, de la GAIP (reclamación nº 228/2024)  
    In category: Resolución Consejo/Comisionado Transparencia.
    Uploaded by Rosa M Pérez on 12/08/2024

    Listados definitivos de los alumnos admitidos en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de Barcelona, con la puntuación desglosada por criterios prioritarios, complementarios y los establecidos por el centro escolar (curso 2023-2024). La información pública se solicita en relación con una investigación científica; interés público en relación con la información reclamada. Derechos de los menores de edad; facilitación de información anonimizada. Tarea compleja de elaboración.

  • Icon for file type: pdf Resolución 481/2024, de 18.04.2024, de la GAIP (reclamación nº 201/2024)  
    In category: Resolución Consejo/Comisionado Transparencia.
    Uploaded by Rosa M Pérez on 09/08/2024

    Formato y modalidad de acceso a la información pública: acceso presencial a los expedientes y posterior obtención de copia en soporte electrónico o en soporte papel. Puesta a disposición de los expedientes en las dependencias administrativas; medios para garantizar su integridad y correcta manipulación; una vez revisada la documentación, la persona solicitante tiene derecho a obtener copia en formato digital o en soporte papel.

  • Icon for file type: pdf SAN de 9 de julio de 2024. Denegación de datos de compañías aéreas con retrasos/cancelaciones  
    In category: Jurisprudencia.
    Uploaded by Joaquin Meseguer Yebra on 09/08/2024

    Nueva sentencia de la Audiencia Nacional en la que se desestima el recurso planteado por la Asociación Nacional de Damnificados por Líneas Aéreas. Se había facilitado a petición de la recurrente los vuelos cancelados y retrasados, en los aeropuertos solicitados, con indicación de la fecha, origen y destino de cada vuelo, con expresa mención al retraso que se ha producido computado en minutos, en las fechas solicitadas. Lo que no se facilita es el nombre de la compañía, amparándolo en la protección de sus intereses económicos y comerciales, dado que esta información podría perjudicar a su negocio. La protección de los derechos de consumidores y usuarios, y el interés por unos servicios de transporte de calidad, nuevamente, salen perdiendo en la ponderación llevada a cabo por el tribunal, al protegerse prioritariamente los intereses de las compañías que, supuestamente, operan sin ajustarse a los estándares de puntualidad. La información podría haberse facilitado con indicación del motivo de retraso, para permitir discernir cuáles son imputables a la compañía y cuáles no (en algunos casos, podría ser imputable a las autoridades públicas aeroportuarias).

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