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Grupo de trabajo sobre acceso a información pública

Grupo de trabajo sobre acceso a información pública

Documentos Lista

  • El derecho de acceso a la información pública desde el prisma constitucional  
    En la categoría: Artículos doctrinales.
    Actualizado por Borja Colón en 03/06/2022.

    Pese a que la ciudadanía, en algunos países de nuestro entorno, ya gozaba en el siglo XX de tímidas medidas para conocer información en poder de las Administraciones y gobiernos, no fue hasta comienzos del siglo XXI cuando en el continente europeo comenzó a surgir el debate de si este derecho de acceso a la información pública debía ser considerado como derecho fundamental y, por tanto, merecedor de la protección que ello conlleva.

    En una sociedad, como la nuestra, donde prima el conocimiento, se ha llevado a cabo una transformación normativa que ha permitido acercar la información pública a la ciudadanía, ya sea de forma directa proporcionada por la Administración, o bien, ejerciendo el derecho de acceso reconocido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

  • Resolución 377/2022, de 12 de mayo, de la GAIP ( reclamación nº 273/2022)  
    En la categoría: Resolución Consejo/Comisionado Transparencia.
    Actualizado por Rosa M Pérez en 30/05/2022.

    Solicitud de un periodista de acceso a la información pública en relación con el Aeropuerto de Lérida-Alguaire. Los intereses económicos y comerciales de las empresas del sector público catalán no pueden actuar limitando el derecho de acceso a la información pública, y solo podrán ponderarse cuando sean del sector privado, y legítimos (análisis específico de la normativa autonómica). La persona reclamante tiene la condición profesional de periodista, hecho que comporta que el derecho de acceso a la información pública que ejerce resulte reforzado por el derecho a la información proclamado por el art. 20 de la Constitución, que también constituye un interés público superior evidente que contribuye a justificar el acceso a la información pública.

  • Acceso a la información contenida en padrones fiscales  
    En la categoría: Informes.
    Actualizado por Joaquin M. Burgar Arquimbau en 29/05/2022.

    Informe del Consell de Transparència de la Comunitat Valencia acerca del acceso a la información contenida en padrones fiscales

  • Acceso a la información contenida en padrones fiscales  
    En la categoría: Informes.
    Actualizado por Joaquin M. Burgar Arquimbau en 29/05/2022.

    Informe del Consell de Transparència de la Comunitat Valencia acerca del acceso a la información contenida en padrones fiscales

  • Publicidad activa de entidades privadas perceptoras de subvenciones públicas  
    En la categoría: Informes.
    Actualizado por Joaquin M. Burgar Arquimbau en 29/05/2022.

    Informe del Informe del Consell de Transparència de la Comunitat Valencia acerca de la publicidad activa por parte de las entidades privadas que sean perceptoras de subvenciones públicas

  • Quién, cómo y qué regular (o no regular) frente a la desinformación  
    En la categoría: Artículos doctrinales.
    Actualizado por Joaquin Meseguer Yebra en 27/05/2022.

    La respuesta regulatoria frente a la desinformación es compleja tanto por quiénes y cómo deben realizarla, cuanto porque están en juego las libertades de expresión e información de usuarios y también de redes y plataformas. Hay que asumir que muchos fenómenos de desinformación que se quieren evitar tendrán que quedar fuera de la respuesta jurídica. Se afirma que en muchos ámbitos lo mejor es no regular o que hay que evitar que órganos gubernamentales no independientes evalúen o restrinjan los contenidos y puedan orquestar debate político. La Unión Europea establece el marco regulatorio y a partir del mismo actúan y regulan tanto las redes y plataformas cuanto los Estados. Se examinan las políticas, Código de buenas prácticas, futura Digital Services Act y la regulación internacional de la desinformación como operaciones de influencia indebidas. Se consideran positivos los modelos de autorregulación o corregulación como la futura DSA, que puede encauzar e impulsar los actuales esfuerzos voluntarios de las redes y plataformas. También se formulan las líneas de (auto)regulación de la verificación de noticias. En el ámbito concreto español, se describen las inercias que ha habido, la necesidad de mejorar la opaca regulación española de la seguridad de la información aplicable, así como el inconstitucional «decretazo digital». En especial, se analiza la polémica Orden de 2020 y se señalan posibles mejoras de la regulación institucional y orgánica de la desinformación. Finalmente, se tienen en cuenta algunas regulaciones comparadas para el ámbito electoral (sobre operaciones de influencia, retirada judicial de contenidos o deepfakes). Se formulan concretas propuestas de regulación del régimen electoral, también respecto de la publicidad política y protección de datos para plataformas.

  • El derecho a conocer los algoritmos utilizados en la toma de decisiones. Aproximación desde la perspectiva del derecho fundamental a la protección de datos personales  
    En la categoría: Artículos doctrinales.
    Actualizado por Joaquin Meseguer Yebra en 27/05/2022.

    El objetivo del trabajo reside en analizar si el derecho fundamental a la protección de datos personales consagrado en el art. 18.4 CE comprende el derecho a acceder a los algoritmos utilizados en la toma de decisiones. El artículo se centra especialmente en las obligaciones de información que el Reglamento General de Protección de Datos impone al responsable del tratamiento, que han suscitado la muy debatida cuestión acerca de si el Reglamento atribuye a los afectados el derecho a obtener una explicación sobre la decisión automatizada.

  • Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso) 144/2022 (nº recurso: 6829/2020), de 7 de febrero de 2022 (ECLI:ES:TS:2022:483)  
    En la categoría: Sentencias.
    Actualizado por Julián Prior en 11/05/2022.

    Autor: Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso).
    Fecha: 07/02/2022.
    Título: Sentencia 144/2022 (nº recurso: 6829/2020) (ECLI:ES:TS:2022:483).
    Breve descripción:
    Para que pueda aplicarse lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley 19/2013, la regulación específica debe señalar con claridad que la información sobre la materia que regula sólo podrá obtenerse en la manera que en ella se especifica. Y esta voluntad de sustituir la regulación general sobre acceso a la información en aquellos aspectos expresamente regulados no se advierte en el artículo 22 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
    El artículo 22.1 de la Ley 3/2015 es una norma con rango legal que -para asegurar la transparencia del control del régimen de incompatibilidades- habilita la identificación de los altos cargos que no han cumplido con su obligación de presentar las declaraciones exigidas por la Ley 3/2015.
    Frente al acceso a la información pública, consistente en la identidad del alto cargo que no ha cumplido con las obligaciones relativas a las declaraciones de actividades económicas y de bienes y derechos patrimoniales de acuerdo con lo previsto en la Ley 3/2015, debe ceder su derecho a la protección de datos, ya que el alto cargo, por la responsabilidad que conlleva y la relevancia de las funciones que desempeña, sólo puede ser ejercido por personas que respeten al marco jurídico que regula el desarrollo de su actividad y con las máximas condiciones de transparencia, legalidad y ausencia de conflictos entre sus intereses privados y los inherentes a sus funciones públicas.
    URL: https://www.poderjudicial.es/search/TS/openDocument/27a4778d08813bfe/20220222

  • REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CASA REAL  
    En la categoría: Normativa.
    Actualizado por Joaquin Meseguer Yebra en 08/05/2022.

    El Real Decreto 297/2022, de 26 de abril, consolida las reformas llevadas a cabo en la Casa de SM el Rey en los años precedentes, continúa el proceso de modernización iniciado en el año 2014 y ahonda en el reforzamiento de los principios de transparencia, rendición de cuentas y publicidad, en línea con el compromiso de la Corona con la sociedad de observar una conducta íntegra, honesta y transparente.

  • órganos de derecho de acceso a la información pública en España  
    En la categoría: Infografías,.
    Actualizado por Borja Colón en 01/05/2022.

    En esta infografía elaborada por la Comisión de Garantías del Derecho de Acceso a la Información Pública de Cataluña quedan representados los diferentes organismos que velan por el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública por todo el Estado español, así como la ley que los regula. En concreto, existen 11 organismos autonómicos (Andalucía, Aragón, Canarias, Castilla y León, Cataluña, Galicia, Islas Baleares, Murcia, Navarra, País Vasco y Comunidad Valenciana), y uno estatal (Consejo de Transparencia y Buen Gobierno) que es también el órgano de garantía del derecho de acceso de las comunidades autónomas de Madrid, Castilla-La Mancha, Cantabria, Extremadura, Asturias, La Rioja, Ceuta y Melilla, que no han creado un órgano propio.

  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 422/2022, de 5 de abril (rec. de casación 3060/2020)  
    En la categoría: Sentencias.
    Actualizado por Joaquin Meseguer Yebra en 26/04/2022.

    Mediante esta sentencia el Tribunal Supremo resuelve el vacío competencial que existía hasta la fecha en relación a las reclamaciones que se interpongan frente a las resoluciones (o silencios) en materia de acceso a información pública dictadas por las entidades locales de la Región de Murcia. Y lo hace "atribuyendo" tal competencia al Consejo de Transparencia regional.

  • Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso) 359/2022 (nº recurso: 30/2021), de 30 de enero de 2022 (ECLI:ES:AN:2022:359)  
    En la categoría: Sentencias.
    Actualizado por Julián Prior en 25/04/2022.

    Debe entenderse por acción previa de reelaboración la que exigen aquellas peticiones de información que cargan sobre el órgano administrativo la iniciativa de la búsqueda de datos que se encuentran dispersos en una pluralidad indeterminada de registros o archivos, cualquiera que sea su soporte, exigiendo el análisis de la información obtenida y su ordenación. Esta labor de relacionar datos que obren en poder de la administración, pero en expedientes indeterminados y sin un previo tratamiento, cuando su recopilación no haya sido emprendida por ningún órgano administrativo por iniciativa propia y en cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas, no está amparada por el derecho a la información ni tienen los ciudadanos título para promoverla, salvo que expresamente se contemple en el ordenamiento jurídico.

    https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/cc4f8f140ea1d17a/20220223

  • Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (estatal) R/0773/2021, de 21 de marzo de 2022  
    En la categoría: Resolución Consejo/Comisionado Transparencia.
    Actualizado por Julián Prior en 25/04/2022.

    Contenido íntegro de las reuniones mantenidas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia con dos empresas tecnológicas. No existiendo exigencia normativa que imponga la obligación de llevanza de un registro de las reuniones de los responsables públicos con un determinado contenido, el derecho de acceso se ve inexorablemente limitado a la información que efectivamente obre “en poder” del sujeto obligado, tal y como dispone el artículo 13 LTAIBG. En consecuencia, cuando el titular del órgano al que se dirige la solicitud motiva la denegación afirmando que no obra en su poder más información que la facilitada, la única decisión que cabe adoptar es desestimar la reclamación.

    https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:2b715a4f-00df-485b-99a4-4c36cf237e4d/R-0773-2021.pdf

  • Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana  
    En la categoría: Normativa.
    Actualizado por Joaquin Meseguer Yebra en 22/04/2022.
  • Procedimiento de acceso a información Pública en La Rioja  
    En la categoría: Normativa.
    Actualizado por Joaquin Meseguer Yebra en 20/04/2022.

    Publicado el Decreto 14/2022, de 13 de abril, por el que se regula el procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja

  • Supervillanos del Derecho de Acceso a la Información Pública  
    En la categoría: Infografías,.
    Actualizado por Borja Colón en 09/04/2022.

    Os presentamos una de las sagas más exitosas del panorama informativo relacionado con la transparencia de las instituciones: los Supervillanos del Derecho de Acceso a la Información Pública

    En palabras de sus creadores, “fue una experiencia colaborativa” con la que pretendimos explicar esos otros enemigos invisibles del Derecho de Acceso a la Información Pública, distintos de los que anidan en las causas de inadmisión o en los límites que se plasman en la Ley, a los que dimos forma y nombre de supervillanos, concretamente Los Supervillanos de la Información Pública. Sus autores principales son Juan Carlos Melián y Rafa Camacho.

  • Resolución 253/2022, de 23 de marzo, de la GAIP (reclamación nº 184/2022). Derecho de los concejales a copia de la información. Normativa local relativa al derecho de información de sus miembros: no puede limitar el alcance del derecho reconocido legalmen  
    En la categoría: Resolución Consejo/Comisionado Transparencia.
    Actualizado por Rosa M Pérez en 08/04/2022.

    Derecho a copia de los concejales; deber de reserva (se analiza específicamente la normativa catalana). Reglamentos municipales, ordenanzas o instrucciones internas de las corporaciones locales relativas al derecho de acceso de sus miembros: "... no podrá hacerlo limitando el alcance del derecho reconocido legalmente, ni entorpeciendo o restringiendo las condiciones de acceso garantizadas por el marco legal, sino que por un elemental principio de jerarquía normativa, aún más exigible cuando se trata del ejercicio de derechos fundamentales como el del artículo 23.3 CE, será necesario que la regulación interna municipal que se adopte respete escrupolosamente la legislación de régimen local y la jurisprudencia consolidada en este ámbito, que coincide en ofrecer la máxima protección al derecho a la información de los electos locales como expresión genuina de su ius in officium" (del resumen que consta en la misma Resolución).

  • Revista Española de Transparencia núm. 14  
    En la categoría: Artículos doctrinales.
    Actualizado por Joaquin Meseguer Yebra en 31/03/2022.

    Accede aquí al archivo completo del número 14 de la Revista Española de Transparencia (1er semestre 2022)

  • Panorámica jurisprudencial sobre el derecho de acceso a la información pública en el ámbito europeo  
    En la categoría: Artículos doctrinales.
    Actualizado por Joaquin Meseguer Yebra en 29/03/2022.

    El reconocimiento y alcance del derecho de acceso a la información pública ha seguido sendas distintas en el contexto del Consejo de Europa y en el ámbito de la Unión Europea, si bien, en ambos casos, su interpretación se encuentra inevitablemente vinculada a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, respectivamente. En este artículo se analizan las sentencias más significativas —incluyendo algunas muy recientes— en las que ambos órganos judiciales han tenido la oportunidad de pronunciarse delimitando la configuración y los límites al ejercicio del derecho, así como su carácter iusfundamental. El resultado es un derecho de acceso a la información pública cuyo régimen jurídico presenta singularidades propias según se trate del sistema del CEDH o del Derecho de la Unión Europea, pero también ciertas similitudes que, analizadas de forma conjunta, permiten constatar una tendencia jurisprudencial compartida orientada a ampliar el alcance de este derecho.

  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 312/2022, de 10 de marzo (rec. de casación 3382/2020)  
    En la categoría: Sentencias.
    Actualizado por Joaquin Meseguer Yebra en 25/03/2022.

    Compartimos con todos vosotros/as la recientísima sentencia del Tribunal Supremo que ratifica la aplicación supletoria de la regulacion sobre la reclamación potestativa en materia de acceso a la información pública (arts. 23 y 24 de la LTAIBG) para el caso de regímenes específicos de acceso (en este caso en particular, en el régimen de acceso de representantes locales regulado en el art. 77 de la Ley básica de régimen local y 14 a 16 del ROF). La importancia de esta sentencia radica -entre otros muchos aspectos- en que resuelve la controversia existente entre algunos comisionados de transparencia respecto de este particular y acaba con la interpretación que negaba tal posibilidad en base a la llamada "técnica del espigueo".

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