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¿Qué es la consulta pública previa a la aprobación de las normas en relación con la participación ciudadana?

En el contexto de fortalecimiento democrático y transparencia en la toma de decisiones, la consulta pública previa a la aprobación de normas se erige como un mecanismo fundamental. En este artículo, exploraremos en detalle qué implica este proceso y cómo se relaciona estrechamente con la participación ciudadana en el ámbito local. La consulta pública puede tener un alcance siempre y cuando se promueva la democracia participativa de manera efectiva. Esta herramienta es explorada de manera detallada en el documento GOBERNANZA PARTICIPATIVA LOCAL, construyendo un nuevo marco de relación con la ciudadanía” que tienen a su disposición en este enlace. 

La consulta pública previa a la aprobación de normas: un canal de participación ciudadana

La consulta pública previa a la aprobación de normas es un procedimiento mediante el cual las autoridades locales convocan a la ciudadanía a expresar sus opiniones, sugerencias y preocupaciones sobre proyectos de normativas que afectan directamente a la comunidad. Esta herramienta se sustenta en la transparencia y en el derecho de los ciudadanos a participar en las decisiones que impactarán en su vida cotidiana y en el desarrollo de su entorno. Es la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la que regula en su título VI la iniciativa legislativa y la potestad normativa de las Administraciones públicas, introduciendo novedades destinadas a incrementar la participación ciudadana en el procedimiento de aprobación de normas. La novedad más importante es regular por primera vez la obligación de realizar un proceso participativo previo a la aprobación de una norma. En otras palabras, regula la consulta pública previa a la aprobación de normas. 

Teniendo en cuenta este contexto, la consulta pública previa a la aprobación de una norma y así mismo como canal de participación ciudadana tiene dos fases: 

  1. La denominada en sí misma consulta pública, en la que se preguntará sobre  las cuestiones que se quieren tramitar en la normativa que se pretende aprobar en un futuro próximo. Tal y como se recoge en el documento de Gobernanza Local en el párrafo inicial mencionado, en las entidades locales, la consulta pública será exigible con carácter previo a la redacción del texto de los proyectos de ordenanzas y reglamentos que se sometan a aprobación. 
  2. La segunda fase en la que se dará a conocer para que se puedan realizar aportaciones donde es necesario el compromiso de la ciudadanía para realizar una lectura del proyecto normativo, con sus consiguientes aportaciones y mejoras. 

Si quieres saber más sobre la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puedes consultar  el documento GOBERNANZA PARTICIPATIVA LOCAL, construyendo un nuevo marco de relación con la ciudadanía

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