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Rosa M Pérez ha actualizado el archivo: Resolución 377/2022, de 12 de mayo, de la GAIP ( reclamación nº 273/2022) a
Grupo de trabajo sobre acceso a información pública hace 2 años, 8 meses
Solicitud de un periodista de acceso a la información pública en relación con el Aeropuerto de Lérida-Alguaire. Los intereses económicos y comerciales de las empresas del sector público catalán no pueden actuar limitando el derecho de acceso a la información pública, y solo podrán ponderarse cuando sean del sector privado, y legítimos (análisis específico de la normativa autonómica). La persona reclamante tiene la condición profesional de periodista, hecho que comporta que el derecho de acceso a la información pública que ejerce resulte reforzado por el derecho a la información proclamado por el art. 20 de la Constitución, que también constituye un interés público superior evidente que contribuye a justificar el acceso a la información pública.