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Actividad

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  • Compartimos el trabajo elaborado por Remedio Sánchez Férriz y pulicado en la revista de la UNED «Teoría y Realidad Constitucional», núm. 51 (2023).
    Reflexiona aquí sobre la incidencia de la aplicación de los Derechos Fundamentales en la organización y actuación de los poderes públicos. Se toma como ejemplo el derecho a la información cuya formulación es bien reciente y no es el derecho más estudiado ni mejor comprendido de los que se contienen en el sistema del Título I de la Constitución española. Sin embargo, ha adquirido cierto predicamento con las nuevas normas de transparencia que pueden ser muy efectivas si se vinculan al derecho a la información como fundamento de toda democracia avanzada. Pero el hecho de que la Constitución española haya reconocido junto a tal derecho fundamental, el derecho constitucional de acceso a documentos y archivos administrativos ha generado gran polémica al querer reconocer ambos sin la debida distinción en su estructura y funcionalidad respectiva. Se intenta aquí alguna aclaración al respecto a partir de la significación política y democrática del derecho a la información del que la transparencia sería una técnica más para hacerlo realidad, en el ámbito administrativo, pero sin llegar a agotarlo. El derecho vicario puede nutrirse de la fundamentalidad del derecho a ser informado siempre que el legislador lo regule en tal sentido al menos en algunos supuestos. Pero hasta ahora creo que la doctrina y la legislación están optando por un enfoque más orgánico que dogmático contraviniendo así los principios con que comienza este trabajo y deslizando el problema hacia su administrativización.

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