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Actividad

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  • Los colegios profesionales son entidades de base privada que ejercen algunas funciones públicas. Atendiendo a la naturaleza mixta o bifronte de los colegios profesionales, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, los incorpora en su ámbito subjetivo de aplicación, pero únicamente respecto de las actividades que realizan con sujeción al Derecho administrativo. Este trabajo analiza el alcance del derecho de acceso a la información en poder de los colegios profesionales a la luz de la doctrina emanada por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y por sus homólogos autonómicos.
    Publicado en la Revista Jurídica de Castilla y León, núm. 59. Por Álvaro González-Juliana.

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