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Actividad

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  • Derecho a copia de los concejales; deber de reserva (se analiza específicamente la normativa catalana). Reglamentos municipales, ordenanzas o instrucciones internas de las corporaciones locales relativas al derecho de acceso de sus miembros: «… no podrá hacerlo limitando el alcance del derecho reconocido legalmente, ni entorpeciendo o restringiendo las condiciones de acceso garantizadas por el marco legal, sino que por un elemental principio de jerarquía normativa, aún más exigible cuando se trata del ejercicio de derechos fundamentales como el del artículo 23.3 CE, será necesario que la regulación interna municipal que se adopte respete escrupolosamente la legislación de régimen local y la jurisprudencia consolidada en este ámbito, que coincide en ofrecer la máxima protección al derecho a la información de los electos locales como expresión genuina de su ius in officium» (del resumen que consta en la misma Resolución).

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