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Rosa M Pérez ha actualizado el archivo: Resolución 554/2023, de 22.06.2023, de la GAIP (reclamación nº 546/2023) a Grupo de trabajo sobre acceso a información pública hace 1 año, 2 meses
El alcance del derecho de acceso a la información pública es diferente del alcance del derecho reconocido en el art. 53.1 f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El derecho de acceso no ampara el derecho a obtener certificados si la administración los tiene que elaborar expresamente para atender una petición explícita de la persona solicitante (previsión incluida expresamente en la normativa catalana de aplicación).